Pegas y mas pegas de la DGT
La DGT avisa: con estas enfermedades no podrás obtener ni renovar el carné de conducir en 2025 y los medicamentos que pueden afectar la conducción

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha implementado una nueva medida con el objetivo de seguir aumentando la seguridad al momento de conducir un vehículo. Estas restricciones estarán dirigidas a ciertos grupos de conductores, especialmente a aquellas personas con condiciones médicas que puedan poner en riesgo su capacidad para conducir. Este artículo explorará quiénes se verán afectados y las recomendaciones sobre aquellos medicamentos que podrían afectar a quienes deseen llevar un vehículo.
Uno de los aspectos más relevantes de estas nuevas normativas es el endurecimiento en los procesos de renovación del carné de conducir. Aunque las pruebas teóricas y prácticas permanecerán sin cambios, se implementarán análisis médicos más rigurosos para evaluar el estado de salud física y mental de los solicitantes. Esto no se relaciona exclusivamente con la edad del conductor, aunque algunas patologías son más prevalentes en los adultos mayores. Aquellos que padezcan enfermedades que afecten su capacidad de conducción, independientemente de su edad, no podrá renovar su permiso.
Además, se han establecido nuevas restricciones para los conductores mayores de 70 años, quienes deberán someterse a pruebas psicofísicas más estrictas cada dos años. Estas pruebas evaluarán su visión, reflejos y capacidad cognitiva, dado que las estadísticas indican que el riesgo de accidentes aumenta con la edad. Este tipo de medidas se justifica en la necesidad de garantizar que solo aquellas personas que puedan conducir de manera segura sigan al volante, protegiendo así no solo a ellos, sino también a los demás usuarios de las vías.
Complicaciones médicas
Las complicaciones médicas también jugarán un papel crucial en esta nueva regulación. Diversas enfermedades han demostrado ser factores de riesgo significativos en la ocurrencia de accidentes de tráfico. En muchos casos, medicamentos prescritos pueden afectar la capacidad de conducción de los pacientes.
De esta forma, para conservar su carné, los conductores tendrán que presentar un informe médico que confirme que están en condiciones adecuadas para conducir, además de verificar que no padecen ninguna de estas 35 enfermedades listadas por la DGT:
- Accidente isquémico transitorio.
- Alzheimer.
- Aneurisma de grandes vasos.
- Apnea del sueño.
- Arritmias.
- Crisis o pérdida de conciencia.
- Demencia o trastorno de ansiedad.
- Depresión.
- Desfibrilador automático.
- Diabetes mellitus insulinodependiente.
- Disección.
- Dolencias oncológicas.
- Enfermedades cardíacas.
- Enfermedades degenerativas, neurológicas y crónicas.
- Enfermedades digestivas.
- Enfermedades endocrinas.
- Enfermedades neurológicas.
- Enfermedades oncológicas.
- Enfermedades respiratorias
- Epilepsia.
- Esclerosis lateral amiotrófica
- Hipotiroidismo y paratiroides.
- Infarto agudo de miocardio.
- Marcapasos.
- Nefropatía con diálisis.
- Parkinson.
- Problemas vasculares.
- Prótesis valvulares.
- Trasplante renal.
- Trastorno de la personalidad.
- Trastorno del desarrollo intelectual.
- Trastorno obsesivo-compulsivo.
- Trastorno por déficit de atención con hiperactividad (TDAH).
- Trastornos del sueño.
- Trastornos oncohemáticos.
Permiso de conducir para mayores de 65 años
Según informa la propia DGT, en nuestro país no existe límite de edad para seguir conduciendo, pero a partir de los 65 se aumenta la periodicidad con la que se debe renovar el permiso.
El seguir conduciendo no depende de la edad, sino del estado de las capacidades y aptitudes que tenga el conductor.
A partir de los 65 años y para asegurar que se mantiene intacta la capacidad para conducir, se reduce el periodo de vigencia del permiso de conducir. Lo que se pretende de esta manera es aumentar la frecuencia de las revisiones médicas y de aptitud para que seguir conduciendo sea seguro para todos.
De esta manera, los periodos de vigencia máximos de los permisos de conducir serían:
- 5 años: Permisos de coches, motos y motocicletas (AM, A1, A2, A, B) y licencias de conducción
- 3 años: Permisos profesionales de autobuses y camiones (C, C1, D, D1, EC, EC1, ED, ED1…)
El reconocimiento médico que se debe superar y los criterios a evaluar son los mismos para cualquier edad. Es posible es que si durante el reconocimiento médico se detecta una enfermedad o deficiencia que, si bien de momento no impide la renovación, es susceptible de agravarse, el periodo de validez del permiso será menor. En este caso también será menor la tasa que debes pagar para renovarlo.
Renovar un permiso de conducir de una persona mayor de 65 años es similar a cualquier renovación:
- Acude a uno de los Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado e indica que quieres renovar tu permiso de conducir.
- Allí podrás realizar la renovación completa, incluso te harán la foto en el momento. Te cobrarán un importe por el reconocimiento médico y la tasa de tráfico. Si eres mayor de 70 años estás exento de pagar la tasa.
- En el momento de realizar el trámite del duplicado te entregarán un permiso provisional con el que podrás circular por nuestro país hasta que te entreguemos el definitivo.
- En aproximadamente mes y medio recibirás tu permiso en tu domicilio sin que tengas que realizar ningún otro trámite ni abonar ninguna tasa.
"Los medicamentos viajan contigo"
Según informa la DGT los medicamentos que afectan la capacidad para conducir llevan un símbolo donde aparece un coche dentro de un triángulo. Se trata de una alerta para que los conductores lean atentamente el pospecto y extremen las precauciones. Según afirma la entidad, "la capacidad para conducir un vehículo o caminar puede verse afectada por un consumo no responsable de medicamentos". A partir de ello, la DGT ha hecho un glosario para conocer los efectos que podría producir la medicación que se pueden consultar.
Fuente: El economista
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